Protocolo de Premiaciones de la IAP

 
  • Considerando la importancia que implica el reconocimiento público, de modo concreto y significante, de la excelencia y los aportes meritorios de los esfuerzos relativos a la labor fiscal y la investigación;
  • Considerando que las condecoraciones tienen una larga y consolidada tradición en la sociedad y las profesiones;
  • Considerando que las condecoraciones y las premiaciones deben ser concedidos conforme a criterios claros y disponibles públicamente; y
  • Considerando que es el deseo de la Asociación Internacional de Fiscales, conforme a los Objetos estatutarios, y en particular los Objetos "a", "b", "c", "d" y "f", otorgar dicho reconocimiento público;

la Asociación Internacional de Fiscales resuelve:

1. Medalla de Honor

a) La Medalla de Honor de la IAP es la condecoración más alta otorgada por la Asociación. 

La Medalla de Honor de la IAP se entrega a los fiscales que hayan demostrado, en un contexto nacional o internacional, las cualidades fundamentales y, más específicamente, las de integridad, equidad y dedicación de la ética profesional, conforme a lo establecido en las Pautas de la IAP. 

La Medalla de Honor de la IAP también podrá ser entregada a una persona u organización que haya contribuido significativamente con la promoción de las Pautas de la IAP y el rol del fiscal en la búsqueda de justicia, conforme al Estado de Derecho, en un contexto nacional o internacional

Las cualidades y los logros del ganador deberán estar en clara concordancia con los Objetos de la Asociación, incluido el Objeto de cooperación internacional entre miembros de la IAP, y deberán ser ampliamente reconocidos tanto a nivel nacional como internacional

b) Los requisitos particulares de esta premiación implican que se la otorga a quienes hayan alcanzado resultados destacados. Esta premiación no se entrega necesariamente cada año y, solo en circunstancias especiales, se podrá entregar más de una Medalla de Honor el mismo año.

c) A la hora de conceder la Medalla de Honor de la IAP, el Comité Ejecutivo tendrá en cuenta todo lo antedicho.

2. Premiación al Mérito Especial

a) La Premiación al Mérito Especial de la IAP es otorgada en reconocimiento a: 

  • El cumplimiento de los deberes intrínsecos a la función de los fiscales frente a situaciones particularmente difíciles o adversas, u 
  • Otros logros destacados que merecen un reconocimiento especial, tales como la dedicación especial a la promoción del Estado de Derecho. 

b) La premiación podrá ser otorgada a un máximo de tres ganadores al año, salvo en circunstancias especiales que ameriten exceder ese número. Podrá ser otorgada a fiscales, fiscalías y asociaciones o equipos de fiscales, independientemente de que estos sean o no sean miembros de la IAP. 

c) A la hora de considerar candidatos, el Comité Ejecutivo se centrará particularmente en la naturaleza de la labor realizada, las circunstancias en las que ésta se llevó a cabo y el grado de dificultad de la tarea. 

Si bien la premiación no será otorgada por el simple cumplimiento de las tareas y los deberes inherentes al cargo del candidato, las circunstancias en las que se cumplió con dichas tareas y deberes podrán ser indicativas del especial reconocimiento que merece la labor del candidato

3. Premiación al Fiscal del Año
  1. El objeto de la Premiación al Fiscal del Año es el reconocimiento y el apoyo a fiscales de primera línea que han mostrado un desempeño destacado en su labor, tanto a nivel nacional como internacional:
    • En la lucha contra el delito, tanto sea en la etapa investigativa como en la de prosecución y procesamiento, o
    • En la defensa de la independencia e integridad de los fiscales, o
    • En la promoción exitosa de la cooperación y/o los derechos humanos a nivel internacional, o
    • En la contribución significativa en pos de mejorar la efectividad del sistema de justicia penal.
  2. La premiación podrá ser otorgada a un ganador por año, salvo en circunstancias especiales que ameriten exeder la cantidad de ganadores. Podrá ser otorgado a fiscales involucrados en la investigación y/o prosecución y procesamiento en materia penal y a quienes ejercen tareas de dirección, por ejemplo jefes de unidad o equipo, independientemente de que estos sean o no sean miembros de la IAP.
  3. A la hora de considerar candidatos, el Comité Ejecutivo procurará mantener una distribución geográfica pareja, para garantizar que el reconocimiento sea atribuido a fiscales de todas las regiones del mundo.

4. Membresía Honoraria

El Comité Ejecutivo podrá elegir como Miembro Honorario de la Asociación a cualquier persona que haya hecho una contribución destacada en el ámbito intelecutal u organizacional en pos del desarrollo y el funcionamiento de la Asociación. Si el candidato es miembro del Comité Ejecutivo o funcionario de la Asociación, su candidatura deberá ser presentada con posterioridad al cese de su participación en el Comité Ejecutivo.

5. Certificado de Mérito

El otorgamiento del Certificado de Mérito simboliza la expresión de gratitud de la Asociación para con los miembros de la IAP (individuales u organizacionales), por su labor en pos de los Objetos de la Asociación. También se podrán otorgar Certificados de Mérito a personas ajenas a la membresía de la IAP como símbolo de la gratitud de la Asociación por su respaldo a la Asociación.

6. Procedimiento de Solicitud

  1. Los miembros individuales y organizacionales de la IAP podrán hacer recomendaciones para cualquiera de las premiaciones y condecoraciones antes mencionadas. Normalmente, los candidatos a las premiaciones al Mérito Especial y al Fiscal del Año son nominados y recomendados por miembros organizacionales. Pero también se tendrán en consideración las nominaciones hechas por un mínimo de tres miembros individuales, siempre y cuando éstas estén respaldadas por el titular de la organización a la que pertenezcan los candidatos o sean hechas en circunstancias especiales. Las recomendaciones deberán incluir información detallada sobre cualquier premiación anterior recibida por los candidatos en relación con los méritos inherentes a una de las dos premiaciones, en reconocimiento a sus logros o desempeño.
  2. Las recomendaciones deberán ser enviadas al Secretario General junto con una breve explicación por escrito acerca del modo en que la nominación cumple con los criterios establecidos en el protocolo. Respecto de la Premiación al Fiscal del Año, se deberá completar un formulario especial y adjuntar material que respalde la nominación, que no supere las dos páginas de extensión, en el que se describan los hechos y resultados que den cuenta del desempeño destacado del candidato.
  3. El plazo límite para entregar las recomendaciones al Secretario General será un mes antes de la fecha de inicio de la Asamblea de primavera septentrional del Comité Ejecutivo. El Comité podrá decidir no aplicar esta fecha de entrega.

7. Selección y procedimiento de premiación

  1. El Secretario General reunirá las recomendaciones de candidatos para las premiaciones y condecoraciones de la IAP y podrá proponer candidatos para las distinciones de Membrresía Honoraria y Certificado de Mérito. El Secretario General hará un listado con todos los candidatos presentados para cada una de las condecoraciones y premiaciones y adjuntará todas las  recomendaciones y material de respaldo, para enviárselos a los miembros del Comité Ejecutivo con una antelación de dos semanas a la fecha de inicio de la Asamblea de primavera septentrional del Comité Ejecutivo.
  2. El Comité Ejecutivo designará un Comité de Premiación entre sus miembros en la Asamblea del Comité Ejecutivo celebrada en paralelo a la Conferencia Anual, para así poder acceder a los candidatos. El Comité de Premiación presentará ante el Comité Ejecutivo la lista de candidatos apropiados para cada una de las condecoraciones y premiaciones, para su aprobación. El Comité Ejecutivo no estará obligado a seguir las recomendaciones del Comité de Premiación.
  3. En su Asamblea de primavera septentrional anual, el Comité Ejecutivo otorgará premiaciones y decidirá a quién recomendarán ante la Asamblea General para otorgar la premiación de Membresía Honoraria, salvo que, por circunstancias especiales, se lo deba hacer por telecomunicación, en cuyo caso deberá hacerse con no menos de 90 días de antelación a la fecha de inicio de la Conferencia Anual.
  4. La Medalla de Honor de la IAP será presentada en la Ceremonia de Premiación de la Conferencia Anual.
  5. Las Premiaciones al Mérito Especial y al Fiscal del Año serán entregadas bajo el Gran Escudo de la Asociación, y los certificados serán presentados en la Ceremonia de Premiación de la Conferencia Anual.
  6. La Premiación de Membresía Honoraria y el Certificado de Mérito serán otorgados bajo el Gran Escudo de la Asociación, y los certificados serán presentados en la Asamblea General de la Asociación.

8. Registros

El Secretario General será el funcionario a cargo del registro de las condecoraciones y premiaciones de la IAP y quien mantenga un registro oficial de los ganadores de cada condecoración y premiación antes mencionadas, así como también de los motivos por los cuales éstas fueron otorgadas.

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